MINCETUR · LEY N° 29408 Y LEY N° 30802
CÓDIGO DE CONDUCTA ESNNA
Prevención de la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en el Ámbito del Turismo.
Prevención de la ESNNA (Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes)
Por normativa del MINCETUR, toda agencia de viajes digital debe exhibir material gráfico contra la ESNNA. Nosotros como agencia nos encargaremos de diseñar e incrustar el banner o afiche oficial de ESNNA de forma visible en su página de inicio y en la sección de políticas.
Confirmación de la agencia: Este paso es técnico y de diseño. No necesita llenar texto adicional, nosotros colocaremos el distintivo legal correspondiente en la web.
NUESTROS COMPROMISOS ACTIVOS
- Verificación de Identidad: Exigir el documento de identidad original de todo menor y constatar el parentesco o autorización legal de los padres o tutores antes de iniciar cualquier tour o servicio.
- Capacitación al Personal: Formar continuamente a nuestros guías oficiales de turismo, conductores y colaboradores en la detección temprana de conductas de riesgo y protocolos de acción inmediata.
- Denuncia Inmediata: Notificar de manera inmediata a la Policía Nacional del Perú (PNP), fiscalías especializadas o a la Línea 100 ante cualquier indicio o sospecha de explotación infantil.
- Cadena de Valor Responsable: Trabajar exclusivamente con proveedores, alojamientos y transportistas debidamente registrados ante MINCETUR y adheridos al Código de Conducta.
🚨 CANALES OFICIALES DE ATENCIÓN Y DENUNCIA (PERÚ)
Línea 100 (MIMP)
Atención gratuita 24 horas todos los días.
Policía Nacional (105)
Central de emergencias y comisarías de turismo.
MINCETUR ESNNA
Plataforma y fiscalización nacional.